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ORDENANZA Nº |
6221 |
Promulgada por Decreto |
033/DE/2017 |
Fecha Promulgación |
11/1/2017 |
Publicación |
18/1/2017 |
OBSERVACIONES |
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SEGUNDA LECTURA
EL CONCEJO DE REPRESENTANTES DEL MUNICIPIO DE VILLA CARLOS PAZ
Sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1º.- MODIFICAR el inciso m) del artículo 106 de la ordenanza impositiva N°1408 (T.O Ordenanza 4401) que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 1°: m) Los titulares de inmuebles que inviertan en maquinaria y/o equipamiento, homologados y/o certificados, para abastecerse total o parcialmente de energía proveniente de fuentes renovables serán beneficiados, en el año fiscal inmediato posterior al de su instalación, con una eximición, según el siguiente esquema:
1) El 100% de la tasa anual por la primera inversión realizada por cada tipo de energía renovable instalada.
2) El 50% de la tasa anual por cada inversión adicional que se realice, en años posteriores, con el fin de ampliar la estructura instalada por cada tipo de energía renovable.
En todos los casos el descuento efectivo no podrá ser superior al importe total de la inversión, verificable con presentación de factura bajo las normas de la AFIP.
Se denominan “energías renovables” a aquéllas fuentes energéticas basadas en la utilización de recursos capaces de renovarse ilimitadamente. Se considera a estos efectos como “tipo de energía renovable instalada”, teniendo en cuenta la fuente de la cual se obtiene. En este sentido y de manera enunciativa y no taxativa, se consignan las siguientes: eólica, solar fotovoltaico y/o térmico, hidroeléctrico u otras.-“
Artículo 2º.- GIRAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.-
ORDENANZA Nº: 6221
VILLA CARLOS PAZ, 8 de enero de 2.017.-
Nro Ordenanza | Decreto | Resolucion | NroContrato | Detalle | Tema | |
1408 | Ordenanza Impositiva vigente - TO 4401 y modificatorias incorporadas | 3 - EconomÃa y Finanzas |