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ORDENANZA Nº

5817

Promulgada por Decreto

850/DE/2013

Fecha Promulgación

27/12/2013

Publicación

2/1/2014

OBSERVACIONES

Ver Nómina Anexa tocando sobre la palabra"Anexo"

Por Ordenanza 5906 (11/9/2014) se aprueba diseño preliminar loteo


SEGUNDA LECTURA

EL CONCEJO DE REPRESENTANTES DEL MUNICIPIO DE  VILLA CARLOS PAZ

 

Sanciona con fuerza de

 

O R D E N A N Z A

 

Artículo 1º.- CREAR el Plan “Terrenos Para tu Vivienda”. A tal fin autorizase al Departamento Ejecutivo el fraccionamiento de un inmueble, propiedad de la Municipalidad de Villa Carlos Paz, Denominación Catastral: 38-03-033-025-000, cuya superficie total es de 80.553,03 mts² en lotes de 450 mts². Dicha superficie no podrá ser afectada a otro destino que la construcción de viviendas, infraestructura y equipamientos públicos afines a las necesidades del Barrio, a cuyo fin el Departamento Ejecutivo Municipal deberá elevar el Proyecto definitivo para su aprobación

 

Artículo 2º.- El Departamento Ejecutivo Municipal realizará los trabajos de mensura y aprobación de loteo cumplimentando la Resolución Nº1 /2011 de la Dirección Provincial de Catastro y Ordenanza 4021 (Código de Urbanismo y Edificación) de la ciudad de Villa Carlos Paz, Dirección de Rentas, Secretaría de Ambiente y Registro de la Propiedad) a los fines que corresponda.

 

Artículo 3º.- Una vez que se haya cumplimentado lo dispuesto en los Artículo 1º y 2º  de la presente, el Concejo de Representantes dictará la ordenanza mediante la cual establecerá los requisitos y condiciones mediante las cuales se enajenarán y adjudicarán a título oneroso, los terrenos resultantes del fraccionamiento como así también, las condiciones que deberán cumplir los aspirantes a adjudicatarios para acceder a los mismos.

 

Artículo 4º.- Esta ordenanza  reserva cincuenta y tres (53) lotes, para ser adjudicados a los integrantes de la “Asociación Civil Beneficiarios del Plan de Viviendas” cuya personería jurídica ha sido reconocida mediante Resolución Nº 260 “A”/13 por la Dirección General de Inspección de Personas Jurídicas  de la Provincia y que se encuentran individualizados en el listado que, como Anexo I, forma parte de la presente Ordenanza. Esta adjudicación se hará a través de los mismos mecanismos que se establezcan para el resto de los adjudicatarios.

 

Artículo 5º El Departamento Ejecutivo Municipal enviará al Concejo de Representantes, a través de Asesoría Letrada para ser incluido en la Ordenanza establecida en el Artículo 3º de la presente, el modelo de boleto de compraventa, el que incluirá, como mínimo, el nombre de los adjudicatarios, el valor del lote y las modalidades y condiciones de pago que se establezcan para los beneficiarios del Plan “Terrenos Para tu Vivienda”.

 

Artículo 6º AGREGAR  Presupuesto 2014 la Partida “Terrenos para tu vivienda”.-

 

Artículo 7º. – Los gastos que demande la aplicación de la presente Ordenanza serán atendidos con los fondos provenientes del Presupuesto Municipal 2014, Programa “Terrenos para tu vivienda”, el Fondo de Afectación Específica creado por el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 5423 y con lo producido y recaudado por la venta de los lotes que resulten del fraccionamiento descripto en el Artículo 1º de la presente Ordenanza.

 

Artículo 8º.- GIRAR al Departamento Ejecutivo a los fines de su promulgación.-

 

ORDENANZA Nº: 5817

VILLA CARLOS PAZ, 19 de Diciembre de 2013.-

 



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