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ORDENANZA Nº |
7127 |
Promulgada por Decreto |
555/DE/2024 |
Fecha Promulgación |
27 de septiembre de 2024 |
Publicación |
04 de octubre de 2024 – Boletín Nº 318 - |
OBSERVACIONES |
EL CONCEJO DE REPRESENTANTES DEL MUNICIPIO DE VILLA CARLOS PAZ
Sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º.- EXIMIR de la obligación de presentación de la declaración jurada y del pago de la Contribución que incide sobre la Actividad Comercial, Industrial y de Servicios, como así también de la Contribución por la Ocupación de la Vía Pública dispuesta en el Artículo 22, correspondientes a los Períodos 09 y 10/2.024 para los Códigos de Actividad establecidos en el Artículo 11° de la Ordenanza N° 7.033 y sus modificatorias que figuran como ANEXO I de la presente.
ARTÍCULO 2º.- FACULTAR al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de Resolución del Organismo Fiscal, pueda hacer extensiva la presente eximición a los Períodos 11 y 12/2.024, en caso de persistir las razones que le dieron fundamento.
ARTÍCULO 3º.- GIRAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.-
VILLA CARLOS PAZ, 26 de septiembre de 2024.-
ANEXO I
TRANSPORTE, ALMACENAMIENTO Y COMUNICACIONES:
71.200- |
Transporte por agua. |
71.415- |
Lavadero de autos. |
SERVICIOS
Servicios de Esparcimiento:
84.650- |
Alquiler de vehículos náuticos sin motor. |
84.655- |
Alquiler de vehículos náuticos con motor. |
Servicios Personales Directos, de Reparación de Artículos Personales y del Hogar:
85.600- |
Lavanderías, lavaderos, tintorerías. |
Nro Ordenanza | Decreto | Resolucion | NroContrato | Detalle | Tema | |
7033 | TARIFARIA AÑO 2024 | 3 - Economía y Finanzas | ![]() |