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ORDENANZA Nº

7127

Promulgada por Decreto

555/DE/2024

Fecha Promulgación

27 de septiembre de 2024

Publicación

04 de octubre de 2024 – Boletín Nº 318 -

OBSERVACIONES

 

EL CONCEJO DE REPRESENTANTES DEL MUNICIPIO DE VILLA CARLOS PAZ

Sanciona con fuerza de

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º.- EXIMIR de la obligación de presentación de la declaración jurada y del pago de la Contribución que incide sobre la Actividad Comercial, Industrial y de Servicios, como así también de la Contribución por la Ocupación de la Vía Pública dispuesta en el Artículo 22, correspondientes a los Períodos 09 y 10/2.024 para los Códigos de Actividad establecidos en el Artículo 11° de la Ordenanza N° 7.033 y sus modificatorias que figuran como ANEXO I de la presente.

ARTÍCULO 2º.- FACULTAR al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de Resolución del Organismo Fiscal, pueda hacer extensiva la presente eximición a los Períodos 11 y 12/2.024, en caso de persistir las razones que le dieron fundamento.

ARTÍCULO 3º.- GIRAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.-

VILLA CARLOS PAZ, 26 de septiembre de 2024.-

ANEXO I

 

TRANSPORTE, ALMACENAMIENTO Y COMUNICACIONES:

71.200-

Transporte por agua.

71.415-

Lavadero de autos.

SERVICIOS

Servicios de Esparcimiento:

84.650-

Alquiler de vehículos náuticos sin motor.

84.655-

Alquiler de vehículos náuticos con motor.

Servicios Personales Directos, de Reparación de Artículos Personales y del Hogar:

85.600-

Lavanderías, lavaderos, tintorerías.

 



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