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ORDENANZA Nº

6024

Promulgada por Decreto

654/DE/2015

Fecha Promulgación

22/9/2015

Publicación

30/9/15

OBSERVACIONES

 

 

EL CONCEJO DE REPRESENTANTES DEL MUNICIPIO DE  VILLA CARLOS PAZ

 

Sanciona con fuerza de

O R D E N A N Z A

 

Artículo 1º.- SUSPENDER por el termino de seis meses a partir de la fecha de promulgación de la presente Ordenanza, la vigencia del  Art. 4.1.12 PROYECTOS SUJETOS A CONCERTACIÓN Y PROYECTOS SUJETOS A COMPENSACIÓN DE F.O.S. POR ALTURA  y concordantes, de la Ordenanza N° 4021 -Código de Edificación y Urbanismo- de la Ciudad de  Villa Carlos Paz. Este plazo podrá ser prorrogado por uno de igual término.-

 Artículo 2º.- ENCOMENDAR al Consejo de Planificación Urbano Ambiental (CPUA) la revisión, estudio y elaboración de una propuesta adecuada en función del proceso que ha tenido la aplicación de la normativa respecto al tema aludido precedentemente.-

 Artículo 3º.- A fin de cumplimentar con lo establecido en el artículo 1° de la presente, no será de aplicación por parte de la Dirección de Obras Privadas, el articulo 4.1.12 y concordantes del Código de Edificación Ordenanza N°4021.-

 Artículo 4º.- GIRAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.-

 ORDENANZA Nº: 6024

VILLA CARLOS PAZ,  18 de septiembre de 2015-



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